ARTÍCULOS DEL 115 AL 122 CONSTITUCIONAL
Artículo 115 Los estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, democrático, laico y popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el municipio libre, conforme a las bases siguientes: (PÁRRAFO REFORMADO D.O.F. 10 DE FEBRERO DE 2014) I. Cada Municipio será gobernado por … Leer más