Artículo 968 al 973 del CNPCF.
Sección Segunda. De la Seguridad de la Información. Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares de México. Artículo 968. Seguridad de la información es el principio consistente en que todo procedimiento en línea, promoción electrónica, audiencia virtual, diligencia virtual, videoconferencia, y en general, toda actuación y documentación que forme parte de procedimientos en línea, se … Leer más