Artículos del 15 al 19 del CNPP.
CAPÍTULO II. DERECHOS EN EL PROCEDIMIENTO. CODIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES. Artículo 15. Derecho a la intimidad y a la privacidad. En todo procedimiento penal se respetará el derecho a la intimidad de cualquier persona que intervenga en él, asimismo se protegerá la información que se refiere a la vida privada y los datos personales, … Leer más