Art. 132 Ley de Movilidad CDMX.

CAPITULO IX. DE LA REPARACIÓN DE LOS DAÑOS OCASIONADOS CON MOTIVO DE LA PRESTACIÓNDEL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS. Art. 132 Ley de Movilidad CDMX. Artículo 132.- Cuando el daño sea resultado de una conducta cometida con vehículos destinados a la prestación del servicio de transporte público de pasajeros, el conductor y el concesionario … Leer más

Art. 110 Ley de Movilidad CDMX.

CAPÍTULO VII. DE LAS OBLIGACIONES DE LOS CONCESIONARIOS. Art. 110 Ley de Movilidad CDMX. Artículo 110.- Son obligaciones de los concesionarios:I. Prestar el servicio de transporte público en los términos y condiciones señalados en la concesión otorgada;II. No interrumpir la prestación del servicio, salvo por las causas establecidas en esta Ley;III. Cumplir con todas las … Leer más

Art. 90 Ley de Movilidad CDMX.

Artículo 90 Ley de Movilidad CDMX.- Toda unidad que tenga como fin la prestación del servicio de transporte público de pasajeros o de carga en la Ciudad de México, deberá contar con póliza de seguro vigente para indemnizar los daños y perjuicios, que con motivo dedica actividad pudiese ocasionar a los usuarios, peatones, conductores o … Leer más

Art. 1 Ley de Movilidad CDMX

Artículo 1 LEY DE MOVILIDAD CDMX.- – Las disposiciones de la presente Ley son de orden público y observancia general en la Ciudad de México; y tiene por objeto establecer las bases y directrices para planificar, regular, gestionar y ordenar la movilidad de las personas y del transporte de bienes.Las disposiciones establecidas en esta Ley … Leer más

Art. 4 Código de Procedimientos Civiles Jalisco.

Artículo 4 Código de Procedimientos Civiles Jalisco.- La reivindicación compete al propietario de la cosa que no la tiene en su posesión, para que se declare que le corresponde el dominio sobre ella y que el poseedor se la entregue con sus frutos y accesiones en los términos prescritos por el Código Civil.

Art. 126 Código Penal de Chihuahua.

Artículo 126 Código Penal de Chihuahua. Cuando la víctima del delito de homicidio sea del sexo femenino o menor de edad, se aplicarán las penasprevistas en el segundo párrafo del artículo anterior.Si además del homicidio, se cometen en perjuicio de la víctima otros delitos, deberá imponerse pena por cadadelito cometido aún y cuando con ello … Leer más

Arts. 123 y 140 Código Penal CDMX.

Arts. 123 y 140 Código Penal CDMX. ARTÍCULO 123. Al que prive de la vida a otro, se le impondrá de ocho a veinte años de prisión. ARTÍCULO 140. Cuando el homicidio o las lesiones se cometan culposamente con motivo del tránsito de vehículos, se impondrá la mitad de las penas previstas en los artículos … Leer más

Arts. 110, 112, 123 Código Penal Tabasco.

ARTÍCULO 110. Al que prive de la vida a otro, se le impondrá prisión de ocho a veinte años. ARTÍCULO 112. A quien cometa un homicidio calificado se le impondrán de veinte a cincuenta años de prisión. ARTÍCULO 123. El homicidio y las lesiones son calificados cuando:I. El pasivo no tiene ocasión de defenderse ni … Leer más

Art. 50 Código Fiscal CDMX

Artículo 50 Código Fiscal CDMX. (REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, G.O. 30 DE DICIEMBRE DE 2010)ARTÍCULO 50.- El crédito fiscal se extingue por prescripción en el término de cinco años.El término de la prescripción se inicia a partir de la fecha en que el pago pudo ser legalmente exigido y se podrá oponer como excepción en los … Leer más

Artículo 13 Código Fiscal CDMX

(REFORMADO, G.O. 29 DE DICIEMBRE DE 2016)ARTICULO 13.- Son créditos fiscales, los que tenga derecho a percibir la Ciudad de México o sus organismos descentralizados que provengan de contribuciones, de aprovechamientos, de sus accesorios, así como aquellos a los que las leyes les den esecarácter y demás que la Ciudad de México tenga derecho a … Leer más