Artículos del 104 al 124 del CNPCF
Capítulo II De la Competencia Subjetiva Sección Primera De los Impedimentos y Excusas Artículo 104. Las autoridades jurisdiccionales se tendrán por forzosamente impedidas para conocer en los casos siguientes: I. Cuando tengan interés directo o indirecto en el procedimiento; II. En los procedimientos que sean del mismo interés para su cónyuge, concubina, concubinario, conviviente o … Leer más