Artículos 335 al 336 del CNPCF
Sección Octava del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares de México. De otros Medios de Prueba Artículo 335. Para acreditar hechos o circunstancias que tengan relación con el procedimiento que se ventile, las partes pueden presentar otros medios de prueba que no estén expresamente reconocidos y regulados en el Código Nacional, como son, ejemplificativamente, … Leer más