Artículos 414 al 419 del CNPP.

TÍTULO IX. PERSONAS INIMPUTABLES. CAPÍTULO ÚNICO. PROCEDIMIENTO PARA PERSONAS INIMPUTABLES. CNPP. CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES DE MÉXICO. Artículo 414. Procedimiento para la aplicación de ajustes razonables en la audiencia inicial Si en el curso de la audiencia inicial, aparecen indicios de que el imputado está en alguno de los supuestos de inimputabilidad previstos en … Leer más

Artículos 400 a 413 del CNPP.

Artículos 400 a 413 del CNPP. CAPÍTULO VI. DELIBERACIÓN, FALLO Y SENTENCIA. CNPP. CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES DE MÉXICO. Artículo 400. Deliberación. Inmediatamente después de concluido el debate, el Tribunal de enjuiciamiento ordenará un receso para deliberar en forma privada, continua y aislada, hasta emitir el fallo correspondiente. La deliberación no podrá exceder de … Leer más

Artículos 391 al 399 del CNPP.

CAPÍTULO V. DESARROLLO DE LA AUDIENCIA DE JUICIO. CNPP. CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES DE MÉXICO.Artículo 391. Apertura de la audiencia de juicioEn el día y la hora fijados, el Tribunal de enjuiciamiento se constituirá en el lugar señalado para la audiencia. Quien la presida, verificará la presencia de los demás jueces, de las partes, … Leer más

Artículo 388 al 390 del CNPP.

Art. 388 al 390 del CNPP. SECCIÓN VI. Otras pruebas. CNPP. CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES DE MÉXICO. Artículo 388. Otras pruebas Además de las previstas en este Código, podrán utilizarse otras pruebas cuando no se afecten los derechos fundamentales. Artículo 389. Constitución del Tribunal en lugar distinto Cuando así se hubiere solicitado por las … Leer más

Artículos 380 al 387 del CNPP.

Arts. 380 al 387 del CNPP. SECCIÓN V. Prueba documental y material. CNPP. CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES DE MÉXICO. Artículo 380. Concepto de documento Se considerará documento a todo soporte material que contenga información sobre algún hecho.Quien cuestione la autenticidad del documento tendrá la carga de demostrar sus afirmaciones. El Órgano jurisdiccional, a solicitud … Leer más

Artículos 377 al 379 del CNPP.

SECCIÓN IV. Declaración del acusado. CNPP. CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES DE MÉXICO. Artículo 377. Declaración del acusado en juicioEl acusado podrá rendir su declaración en cualquier momento durante la audiencia. En tal caso, el juzgador que preside la audiencia le permitirá que lo haga libremente o conteste las preguntas de las partes. En este … Leer más

Artículos del 371 al 376 del CNPP.

Art. 371 al 376 del CNPP. SECCIÓN III. Disposiciones generales del interrogatorio y contrainterrogatorio. CNPP. CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES DE MÉXICO. Artículo 371. Declarantes en la audiencia de juicio Antes de declarar, los testigos no podrán comunicarse entre sí, ni ver, oír o ser informados de lo que ocurra en la audiencia, por lo … Leer más

Artículos 368 al 370 del CNPP.

SECCIÓN II. Prueba pericial. CNPP. CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES DE MÉXICO.Artículo 368. Prueba pericialPodrá ofrecerse la prueba pericial cuando, para el examen de personas, hechos, objetos ocircunstancias relevantes para el proceso, fuere necesario o conveniente poseer conocimientosespeciales en alguna ciencia, arte, técnica u oficio. Artículo 369. Título oficialLos peritos deberán poseer título oficial en … Leer más

Artículos 360 al 367 del CNPP.

SECCIÓN I. Prueba testimonial. CNPP. CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES DE MÉXICO. Artículo 360. Deber de testificar. Toda persona tendrá la obligación de concurrir al proceso cuando sea citado y de declarar la verdad de cuanto conozca y le sea preguntado; asimismo, no deberá ocultar hechos, circunstancias o cualquier otra información que sea relevante para … Leer más

Artículos 356 al 359 del CNPP.

Artículos 356 al 359 del CNPP. CAPÍTULO IV. DISPOSICIONES GENERALES SOBRE LA PRUEBA. CNPP. CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES DE MÉXICO. Artículo 356. Libertad probatoria. Todos los hechos y circunstancias aportados para la adecuada solución del caso sometido a juicio, podrán ser probados por cualquier medio pertinente producido e incorporado de conformidad con este Código. … Leer más