Artículo 211 al 214 de la Ley de Amparo.
Artículo 211 al 214 de la Ley de Amparo. CAPÍTULO VII.Disposiciones Complementarias. LEY DE AMPARO VIGENTE A PARTIR DEL 1 DE ABRIL DEL 2013. Última reforma publicada DOF 16-10-2025 Artículo 211. Lo dispuesto en este título debe entenderse sin perjuicio de que el órgano jurisdiccional haga cumplir la sentencia de que se trate dictando las … Leer más