Artículo 798 del CNPCF.

Sección Sexta. Del Testamento hecho en País Extranjero. Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares de México. Artículo 798. El testamento hecho en país extranjero será declarado válido por la autoridad jurisdiccional competente, cuando haya sido formulado de conformidad con las Leyes del país en que se otorgue y no contravenga al orden público mexicano, … Leer más

Artículo 797 del CNPCF.

Sección Quinta. Del Testamento Marítimo. Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares de México. Artículo 797. Hechas las publicaciones que ordena el Código Civil de la Entidad Federativa respectiva, podrán los interesados ocurrir ante la autoridad jurisdiccional competente para que pida de la Secretaría de Relaciones Exteriores o al Gobierno local, según la Entidad Federativa … Leer más

Artículo 795 al 796 del CNPCF.

Sección Cuarta. Del Testamento Militar. Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares de México. Artículo 795. Luego que la autoridad jurisdiccional reciba, por conducto de la persona titular de la Secretaría de la Defensa Nacional, el parte a que se refiere el Código Civil correspondiente, citará a los testigos que estuvieren en el lugar, y … Leer más

Artículo 790 al 794 del CNPCF.

Sección Tercera. Del Testamento Privado. Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares de México. Artículo 790. A instancia de parte legítima formulada ante la autoridad jurisdiccional competente, puede declararse formal el testamento privado de una persona, sea que conste por escrito o sólo de palabra de conformidad con el Código Civil respectivo. Artículo 791. La … Leer más

Artículo 787 al 789 del CNPCF.

Sección Segunda. De la Declaración del Testamento Ológrafo. Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares de México. Artículo 787. La autoridad jurisdiccional que tenga noticia de que el autor de la herencia depositó su testamento ológrafo, como se dispone en el Código Civil respectivo, dirigirá oficio al encargado del Archivo General de Notarías, Registro de … Leer más

Artículos 783 al 786 del CNPCF.

Capítulo II. De Otras Formas Testamentarias. Sección Primera. Del Testamento Público Cerrado. Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares de México. Artículo 783. Para la apertura del testamento público cerrado, los testigos reconocerán separadamente sus firmas y el pliego que las contenga. El Ministerio Público asistirá a la diligencia. Artículo 784. Cumplido lo prescrito en … Leer más

Artículos 769 al 782 del CNPCF.

Sección Quinta. De la Partición de Herencia. Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares de México. Artículo 769. Aprobada la cuenta general de administración, dentro de los quince días siguientes, el albacea presentará el proyecto de partición de los bienes, en los términos del Código Civil respectivo. Artículo 770. Será removido el albacea de su … Leer más

Artículo 751 al 768 del CNPCF.

Sección Cuarta. De la Administración y Rendición de Cuentas. Código Nacional de Procedimientos Civiles y Federales de México. Artículo 751. Corresponde la posesión y administración de la masa hereditaria a quien sobreviva, de conformidad con lo siguiente: I.           El o la cónyuge supérstite tanto en el régimen de la sociedad conyugal como en el de … Leer más

Artículo 736 al 750 del CNPCF.

Sección Tercera. Del Inventario y Avalúo. Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares. Artículo 736. Dentro de diez días de haber aceptado su cargo, quien ejerce el albaceazgo debe dar aviso de que procederá a la formación de inventarios y avalúos, y propondrá al o los peritos valuadores en la materia correspondiente, debiendo concluir la … Leer más

Artículo 726 al 735 del CNPCF.

Sección Segunda. De las Sucesiones Testamentarias. Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares de México. Artículo 726. En los juicios de sucesión, si la Federación o las Entidades Federativas son herederos o legatarios en concurrencia con los particulares, se estará a las reglas de competencia previstas en este Código Nacional. Artículo 727. La persona que … Leer más