Artículo 64 de la Ley del Notariado de Jalisco.

Artículo 64. Para la impresión de los folios se utilizará cualquier procedimiento de escritura, siempre y cuando sea legible e indeleble, debiendo cubrirse su espacio útil en ambos lados, con excepción de la última página de cada instrumento, que se utilizará hasta donde concluya el texto ylas firmas de la escritura.Todos los renglones de la … Leer más

128 al 134 de la Ley del Notariado del Estado de Jalisco

CAPÍTULO VIIIDe los TestimoniosArtículo 128. El testimonio es el documento que contiene la trascripción fiel y literal del instrumento asentado en el protocolo, de las firmas, del sello estampado y de las notas que obren en el mismo. Constituye además el único instrumento legítimo que acredita el cumplimiento de la totalidad de los requisitos para … Leer más

ARTÍCULO 140 DE LA LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, REGLAMENTARIA DEL APARTADO B) DEL ARTÍCULO 123 CONSTITUCIONAL.

Artículo 140.- Se tendrá por desistida de la acción y de la demanda intentada, a toda persona que no haga promoción alguna en el término de tres meses, siempre que esa promoción sea necesaria para la continuación del procedimiento. El Tribunal, de oficio o a petición de parte, una vez transcurrido este término, declarará la … Leer más

Artículo 19 Constitucional

Artículo 19 Constitucional. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Ninguna detención ante autoridad judicial podrá exceder del plazo de setenta y dos horas, a partir de que el indiciado sea puesto a su disposición, sin que se justifique con un auto de vinculación a proceso en el que se expresará: el delito que se … Leer más

ARTÍCULO 17 CONSTITUCIONAL DE MÉXICO.

Artículo 17. Ninguna persona podrá hacerse justicia por sí misma, ni ejercer violencia para reclamar su derecho.Toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial. Su servicio será gratuito, … Leer más

ARTÍCULO 14 CONSTITUCIONAL DE MÉXICO.

Artículo 14. A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna.Nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las Leyes expedidas con anterioridad al … Leer más

ARTÍCULO 1198 DEL CÓDIGO DE COMERCIO DE MÉXICO.

Artículo 1198 CODIGO DE COMERCIO.- Las pruebas deben ofrecerse expresando claramente el hecho o hechos que se trata de demostrar con las mismas, así como las razones por los que el oferente considera que demostrarán sus afirmaciones; si a juicio del tribunal las pruebas ofrecidas no cumplen con las condiciones apuntadas, serán desechadas, observándose lo … Leer más

ARTÍCULO 279 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS DE MÉXICO.

CAPÍTULO SEGUNDODE LOS PROCEDIMIENTOS DE FIANZASARTÍCULO 279 LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS.- Los beneficiarios de fianzas deberán presentar sus reclamaciones por responsabilidades derivadas de los derechos y obligaciones que consten en la póliza respectiva, directamente ante la Institución. En caso que ésta no le dé contestación dentro del término legal o que … Leer más

ARTÍCULO 280 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS DE MÉXICO.

ARTÍCULO 280 LEY DE INSTUTUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS.- Los juicios contra las Instituciones se substanciarán conforme a las siguientesreglas:I. Se emplazará a la Institución y se le correrá traslado de la demanda para que la conteste en un plazo de cinco días hábiles, aumentados con los que correspondan por razón de la distancia;II. … Leer más

ARTÍCULO 289 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS DE MÉXICO.

ARTÍCULO 289 LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS.- Salvo el caso previsto en el cuarto párrafo de este artículo, cuando las Instituciones reciban la reclamación de sus pólizas por parte del beneficiario, lo harán del conocimiento del fiado o, en su caso, del solicitante, obligados solidarios o contrafiadores, haciéndoles saber el momento en … Leer más